El coordinador de seguridad y salud es una pieza fundamental en la gestión de riesgos laborales en el sector de la construcción. Pero, ¿cuándo se necesita un coordinador de salud y seguridad en un sitio de construcción?
Este valor está regulado por el Real Decreto 1627/97, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Es sobre de la máxima autoridad sobre la obra en materia de seguridad y salud y es designado por el promotor. El incumplimiento de esta obligación acarrea sanciones de responsabilidad administrativa, civil o incluso penal. A continuación, veremos casos en los que, el nombramiento o designación del coordinador de seguridad y salud debe hacerse en construcción, de acuerdo con el mencionado Real Decreto.
Tipos de trabajo donde se necesita el coordinador de seguridad y salud
El Real Decreto 1627/97, por el que se regula la coordinación de la seguridad y la salud, define las obras de construcción como aquellas, públicas o privadas, en las que obras de construcción o de ingeniería civil. Añadir una lista no exhaustiva en el ANEXO I. trabajo donde un proyecto es legalmente requerido y existen funciona ejecutable sin proyecto.
Este último caso puede darse porque el proyecto no requiere tramitación administrativa o porque se trata de una obra de urgencia, es decir, condicionada por la necesidad de una intervención rápida y urgente. El Real Decreto 39/97 establece claramente que La designación del coordinador de seguridad y salud debe hacerse Cuándo:
- En el desarrollo del proyecto involucrado varios criadores
- En la ejecución de las obras, intervenir varias empresas o una empresa y autónomos. Esta situación incluye la presencia de más de un contratista.
En definitiva, no se trata de saber si la obra es grande o pequeña, sino de si cumple con los requisitos antes mencionados, que afectan para la gran mayoría del trabajo. Únicamente quedarían excluidas de la obligación de designar un coordinador de seguridad y salud las siguientes situaciones:
- UNA proveedor de servicio
- Una fusión (UTE)
- Un trabajador por cuenta propia con uno o más trabajadores por cuenta ajena
Tipos de Coordinador de Seguridad y Salud Hay dos tipos de coordinadores de seguridad y salud en las obras de construcción. Según el mencionado Real Decreto, tenemos:
- Coordinador de seguridad y salud en la fase de desarrollo del proyecto de construcción: es designado por el desarrollador para la fase de diseño de la construcción. Su función es coordinar la aplicación de los principios generales de prevención de riesgos profesionales a que se refiere el artículo 15 de la Ley 31/95. aplicación de los principios mencionados en el artículo 8.
- Coordinador de seguridad y salud durante la fase de ejecución: es “el técnico competente integrado en la dirección del proyecto, encargado por el promotor para realizar tareas tales como:
- Aplicar los principios generales de prevención al realizar el trabajo.
- Coordinar las actividades, acciones y funciones de los contratistas y subcontratistas.
- Aprobar el plan de seguridad y salud del contratista o contratistas y elaborar el estudio de seguridad y salud, en su caso.
- Organizar la aplicación del artículo 24 de la Ley 31/95 de la PRL (coordinación de actividades comerciales)
- Adopción de medidas de control de acceso.
en ambos casos la designación es obligatoria por parte del promotor, como mencionamos. El promotor no puede delegar ni transferir esta obligación al contratista ni a terceros.
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El artículo que observé se puso a disposición en la siguiente página, para más información contactar el mismo:
- Página: https://grupogespre.com/seguridad-en-obras/
Elaborado por: Ing Néstor Luis Sánchez – Tw: @Néstor L.