Las disposiciones contenidas en el Manual del Registro de la Propiedad Rural son de alcance nacional y deben ser cumplidas por el organismo del gobierno regional encargado del catastro de las propiedades rurales en el ámbito de la función transferida prevista en la ley orgánica del régimen regional. Gobiernos, así como los trámites y servicios de registro a que se refiere el Decreto Supremo N° 018-2014-VIVIENDA.
El registro de fincas rústicas se realiza utilizando tecnologías avanzadas y contempla dos métodos: indirecto y directo.
- El levantamiento catastral de fincas rústicas por el método indirecto se puede realizar a través de fotografías aéreas, imágenes de satélite o imágenes de drones.
- El levantamiento catastral por métodos directos se realiza mediante GPS/GNSS diferencial y/o estación total.
Fuente: MINAGRI
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